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DERECHO A LA SALUD EN TIEMPOS DE COVID -19

  • Foto del escritor: Fernando Cubias
    Fernando Cubias
  • 12 jun 2020
  • 7 Min. de lectura

En el año 2019 en el país de China, se originó una enfermedad, que hoy día conocemos como COVID-19, la cual es causada por el virus coronavirus 2 del síndrome respiratorio agudo grave (SARS-CoV-2).


A medida que fue pasando el tiempo, se extendió por todo Europa llegando a América del Norte, Centro y Sur América, contagiando a miles de personas y dejando luto en cientos de familias a nivel mundial.


Cada país tomó diferentes medidas de protección para sus pobladores, en la gran mayoría y por recomendaciones de organismos internacionales fue el confinamiento la principal medida para evitar contagios masivos. En todos los países ha existido una disyuntiva en la cual los estados se han visto entre sus funcionarios y población en escoger entre el derecho a la salud y el derecho al trabajo.


En esta oportunidad hablaremos del derecho a la salud, sus alcances y cómo está regulado en nuestro país, así como las implicaciones y cambios en nuestra vida que ha dejado el COVID-19.


La Organización Mundial de la Salud declaró el 30 de enero de 2020 la existencia de un riesgo de salud pública de interés internacional, bajo las regulaciones del Reglamento Sanitario Internacional, y posteriormente el 11 de marzo de 2020 que la enfermedad se consideraba ya una pandemia por la alta cantidad de personas infectadas (118 000) y muertes (4291) que había causado alrededor del mundo (114 países).[1]


Ahora bien, al darnos cuenta de las estadísticas y de cómo el virus va avanzando es importante que tomemos en cuenta el derecho a la salud de los salvadoreños, por lo que es importante que mencionemos que El Salvador como estado ha firmado convenios internacionales como la Declaración Universal de los Derechos Humanos en el cual, se encuentra inmerso entre otros derechos el de la salud.


En el artículo 25 del instrumento antes mencionado tenemos lo siguiente:

“1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.

2. La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social.”


Al observar este artículo tenemos que toda persona tiene derecho a la salud y bienestar, pero al mismo tiempo está estrechamente relacionado con la alimentación, vestido, vivienda, asistencia médica y los servicios sociales necesarios, a tener un seguro en caso de desempleo, enfermedad, etc., sin importar las circunstancias independientes de su voluntad.


Luego de lo anterior es importante tener una definición de la palabra salud; para la OMS la palabra salud significa:

«La salud es un estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades». La cita procede del Preámbulo de la Constitución de la Organización Mundial de la Salud, que fue adoptada por la Conferencia Sanitaria Internacional, celebrada en Nueva York del 19 de junio al 22 de julio de 1946, firmada el 22 de julio de 1946 por los representantes de 61 Estados (Official Records of the World Health Organization, Nº 2, p. 100), y entró en vigor el 7 de abril de 1948. La definición no ha sido modificada desde 1948.[2]


El Salvador, además ha firmado el Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales en el cual en su artículo 12 menciona que los Estados firmantes reconocen el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y emocional y que dentro de las medidas que los Estados deben adoptar en los literales c) y d) nos dicen lo siguiente:

“c) La prevención y el tratamiento de las enfermedades epidémicas, endémicas, profesionales y de otra índole, y la lucha contra ellas;

d) La creación de condiciones que aseguren a todos asistencia médica y servicios médicos en caso de enfermedad.”

En consecuencia, tenemos que El Salvador ha adquirido compromisos internacionales en el cuidado de la salud de los salvadoreños en la prevención y tratamiento de enfermedades como el COVID-19, pero aunado a eso, debe por medio de las autoridades competentes asegurar una asistencia médica digna y prestar servicios médicos de calidad y que no menoscaben la dignidad de la población.


Ahora bien, luego de ver parte del contexto y legislación a nivel internacional es importante ver lo que la Constitución de nuestro país, en su artículo 65 el cual dice literalmente:

“La salud de los habitantes de la República constituye un bien público. El Estado y las personas están obligados a velar por su conservación y restablecimiento. El Estado determinará la política nacional de salud y controlará y supervisará su aplicación.”


El Estado está obligado a velar por la conservación y restablecimiento de la salud en el país, si bien es cierto que se deben de determinar políticas publicas de salud y la aplicación de las mismas es necesario ver a la salud no desde un punto de vista limitado, sino como un todo, ya que como vimos anteriormente la salud no sólo se puede ver como un derecho unitario sino que están inmersos derechos sociales como la alimentación, el vestido, la vivienda y para ello el Estado debe de crear los escenarios en momentos de crisis tanto para salvaguardar la salud de la población, así como los recursos necesarios para que la población no se quede sin los recursos necesarios tanto para salvaguardar su salud, como la alimentación, vivienda y un trabajo digno que le permita satisfacer sus necesidades básicas.


Dicho esto, se hace necesario y crucial que el Estado como ente principal en salvaguardar los derechos fundamentales de nuestro país, en un momento de crisis provea de las herramientas necesarias a la población para que pueda hacerle frente a la pandemia, por medio de un trabajo ordenado y en conjunto con los demás órganos del estado y con las municipalidades, organizaciones no gubernamentales y los diferentes sectores que se encuentran dentro de la sociedad; dicho esto, es necesario aclarar que nuestra Constitución contempla que somos un estado soberano, democrático, representativo y nuestro sistema político es pluralista por lo que es importante que aunque los tres órganos del estado, siendo estos el ejecutivo, legislativo y judicial posean diferentes funciones y formas de accionar trabajen de forma ordenada y en conjunto para brindar al pueblo salvadoreño la salvaguarda de sus derechos fundamentales en estos momentos de crisis sanitaria.


En los diferentes medios de comunicación incluyendo las redes sociales a cada momento nos encontramos con las noticias que hay personas infectadas con COVID-19 y esto va incrementando día con día, si bien es cierto que se debe de aplanar la curva, es necesario que conozcamos el significado de esta frase desde un punto de vista técnico.


Carlos Álvarez, coordinador nacional sobre estudios covid-19 ante la Organización Mundial de la Salud, explica que para determinar el 'aplanamiento' de la curva epidemiológica se deben tener en cuenta 5 factores principales:


1. Número de reproducción efectiva: es el número de contagiados derivados de una sola persona con COVID-19 en cierto lapso de tiempo, es decir, la velocidad en que se propaga el virus.

"Se podría simplificar: entre más contacto haya con ellos, más va a aumentar este factor; entre menos, va a disminuir", explica Carlos Álvarez.

2. Número de casos nuevos: es el porcentaje de pruebas que arrojen positivo, dentro del total de pruebas practicadas por día.

3. Número de fallecidos: representa el impacto y la agresividad del virus.

4. Número de camas disponibles en UCI y hospitales: es un indicador clave para determinar la capacidad para atender los casos severos, es decir, entre más camas disponibles mayor posibilidad de detener la gravedad.

5. Número de personas circulando en la calle: entre más personas hagan uso del transporte público o se encuentren en aglomeraciones, mayores posibilidades hay de crear un foco de contagio.


La combinación de estos 5 factores son los que determinan la curva de crecimiento del virus. Estudiarlos permite determinar las fases de picos de contagio y tomar medidas para evitar que cause mayores inconvenientes.


Aplanar la curva no es sinónimo de bajar la cantidad de casos por día, hay que tener en cuenta factores adicionales, que pueden causar focos de contagio o fallecimientos.[3]


Con lo anterior, podemos ver que aplanar la curva no significa que bajarán la cantidad de casos, sino que se deben de evaluar los 5 factores como un todo para dilucidar si se está bajando o no la curva. Además, tenemos que es inminente que en algún momento regresaremos a nuestras actividades cotidianas como el regresar a nuestros lugares de trabajo, por lo que es necesario que implementemos un protocolo personal para cuidarnos a nosotros mismos y a nuestras familias para lo cual te presentamos algunas recomendaciones:


MEDIDAS DE PREVENCIÓN


1. El lavado constante de las manos es vital para auto protegerse del virus, por lo menos 20 segundos, al llegar al trabajo, tener contacto con personas o herramientas que han sido tocadas por otras personas, después de salir del baño, al sonarse la nariz, toser o estornudar y antes de ingerir cualquier alimento.

2. En el autobús, es necesario que mantenga la distancia de por lo menos un metro entre cada persona, si no puede hacer esto debe de tener una doble protección con mascarillas.

3. Evite aglomeraciones al momento de esperar y tomar el autobús.

4. Si va en su vehículo, recuerde que debe mantener limpio y desinfectado todas las áreas con las que tiene contacto al momento de salir del trabajo y al llegar a casa.

5. Mantenga desinfectada su área de trabajo y tome las medidas de precaución para que pueda evitar contagiarse

6. No salir a no ser que sea necesario y aunque las medidas de protección sean modificadas.

7. En cuanto a su vestuario, utilice camisas manga largas, pantalones y zapatos que cubran su cuerpo, use la mascarilla y lleve consigo alcohol gel por si en algún momento para evitar contaminarse. Al llegar a casa, tenga una bolsa lista donde pondrá la ropa que lleva puesta, deje los zapatos afuera y evite el contacto con su familia, báñese inmediatamente y lávese los dientes. En cuanto a la ropa que se dejó en la bolsa colóquela en un lugar en específico, alejada de la demás ropa sucia que pueda tener y déjela por un mínimo de 12 horas para luego lavarla.

8. Si tiene alguno de los síntomas, consulte a su médico de cabecera o llame a alguno de los números proporcionados por las autoridades y avise a su lugar de trabajo para no contaminar a más personas, siga las indicaciones de los médicos y si así lo dictamina su médico o las autoridades guarde cuarentena domiciliar, alejado de su familia para no contaminarlos.

 
 
 

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