VIOLENCIA INTRAFAMILIAR
- Fernando Cubias
- 29 may 2020
- 6 Min. de lectura
Cada día muchas personas a nivel mundial sufren violencia de parte de su propia familia. Muchos no denuncian porque desconocen que están sufriendo este delito, por lo que en esta oportunidad se brindará información para que puedas identificar si estás sufriendo o no violencia dentro de tu hogar.
DEFINICIÓN
La violencia intrafamiliar se define como “toda acción u omisión cometido en el seno de la familia por uno de sus miembros, que menoscaba la vida o la integridad física o psicológica, o incluso la libertad de otro de los miembros de la misma familia, y que causa un serio daño al desarrollo de la personalidad”.
Tipos de Violencia:
1. Violencia física: Es la que se manifiesta a través de lesiones graves o bien a través de otras menores, que no requieren asistencia médica pero que igualmente causan un gran daño a todos los niveles a la víctima.
2. Violencia Psicológica: El Art. 3 L.C.V.I. define claramente su contenido, ésta consiste en "... Acción u omisión directa o indirecta cuyo propósito sea controlar o degradar las acciones, comportamientos, creencias y decisiones de otras personas, por medio de intimidación, manipulación, amenaza directa o indirecta, humillación, aislamiento o cualquier otra conducta u omisión que produzca un perjuicio en la salud psicológica, la autodeterminación, el desarrollo integral y las posibilidades personales...” (…) (…)Sobre la violencia psicológica debe decirse que al igual que cuando se trata de establecer el daño moral, existe dificultad para comprobar el daño psicológico, es decir, el trauma psíquico que la conducta del agresor ocasiona a la víctima.[1]
3. Violencia emocional: Es aquella en la que la víctima no sufre físicamente sino a nivel sentimental.
4. Violencia sexual: se manifiesta de forma agresiva y forzada, donde se le obliga a una persona a tener contacto sexual, siendo el único interés, el de denigrar, humillar, ultrajar y tener el control de dicha persona.
5. Violencia económica o Patrimonial: Es el abuso absoluto del poder financiero en el hogar, donde se establecen castigos monetarios por parte del agresor, así mismo hay impedimentos hacia la pareja para que ésta trabaje, aun siendo esto necesario para el sostén de la casa. La omisión de obligaciones y responsabilidades también es violencia, por ejemplo, cuando un padre o madre abandona a su hijo/a y no le proporciona los alimentos y el cuidado que éste necesita.[2]
FORMAS DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR
1. Violencia de género
La Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer (Convención de Belem Do Pará), liberó en el plano regional, el tema de violencia contra la mujer, la cual resulta intolerable sobre todo cuando esta se ejerce valiéndose de alguna condición de ventaja respecto de su víctima, situación que puede ser por diferentes circunstancias como su género (sexo), posición social, condición económica, edad, escolaridad, etc. Es preciso destacar que la violencia de género no siempre implica una violencia sexual, ya que la primera puede ser más amplia.
2. Violencia ejercida contra el hombre
La violencia intrafamiliar por regla general tiene un enfoque de género y es ejercida contra la mujer o los miembros más débiles del grupo familiar dentro de los que podemos incluir a personas de la tercera edad y niños, niñas y adolescentes; sin embargo, ello no es óbice para que la violencia también sea ejercida contra el hombre, ya que la Ley Contra la Violencia Intrafamiliar no es una ley de género que pretenda la protección exclusiva de la mujer.
3. Violencia ejercida contra niños(as) y adolescentes
La violencia contra los niños(as) y adolescentes dentro de la dinámica familiar, en muchas ocasiones resulta invisibilizada y generalmente se ha conocido de forma indirecta por la denuncia de uno de sus progenitores, con mayor frecuencia en los casos de violencia contra la madre al expresarse que algunos actos en contra de los hijos por parte de los agresores son percibidos por la madre de estos como un acto de violencia en su contra.
(…) Es obvio que, si en el caso se involucran menores de edad, los Jueces deben tomar las medidas pertinentes para la protección de sus derechos, como por ejemplo regular el régimen de comunicación y trato padres-hijos, la fijación de una cuota alimenticia o la concesión del uso de la vivienda; empero, estas decisiones serán provisorias y la solución definitiva debe ventilarse en un proceso de familia, conforme a las normas que regulan su trámite. Arts. 1, 2, 91 y otros L.Pr.F. Por lo mismo tales decisiones deben sujetarse a un plazo y / o condición, de modo que mejor garanticen la protección de los derechos familiares de los menores involucrados.
4. Violencia cruzada
Se ha reconocido que en algunas ocasiones los hechos de violencia intrafamiliar pueden ser cometida transversalmente por los intervinientes, es decir, que uno como otro pueden ser sujetos activos y pasivo; al efecto la jurisprudencia ha detallado elementos básicos para su atribución, tal y como lo establece el Art. 27 L.C.V.I.
Características de la violencia intrafamiliar
Para que la violencia se considere como tal debe existir una relación de poder desigual (en razón de edad, sexo, genero, emocional, etc.) entre víctima y victimario; y 2) Que la violencia sea ejercida en la misma medida o magnitud. No puede verse como violencia recíproca la que se ejerce como respuesta o mecanismo de defensa, ni aquella que resulta ser mínima en comparación con la que se ejerce por la otra (o), aunque puede suceder que excepcionalmente la respuesta violenta exceda a la ejercida por el (la) agresor (a), resultando a veces de fatales consecuencias como producto del nivel de estrés, o miedo que la víctima maneja.[3]
Después de entender qué es la violencia intrafamiliar, sus diversas manifestaciones, formas y características es importante que conozcamos un poco de las estadísticas que están en nuestro país.
VIOLENCIA INTRAFAMILIAR DE ENERO A NOVIEMBRE DE 2019
La Procuraduría General de la República, a través de la Oficina de Información y Respuesta, OIR, registró 1,172 procesos diligenciados por violencia intrafamiliar y de pareja, es decir alrededor de 4 denuncias diarias.
Es importante señalar que en este registro se incluye violencia contra la familia, que se realiza por parte de parientes, vecinos u otros, y la violencia de pareja.
Según este registro, el 79% de procesos realizados fue en contra de ex pareja 37%, ex esposo 28% y 14% compañero/a de vida.
ESCASA INFORMACIÓN DE LOS AGRESORES, EN DENUNCIAS POR VIOLENCIA INTRAFAMILIAR
Según datos de la Policía Nacional Civil, de enero a marzo de 2019 recibieron 405 denuncias por violencia intrafamiliar, esto es alrededor de cinco casos diarios. El 40% de denuncias realizadas no da mayor información del agresor, (No datos, otros, información en blanco) lo cual se conoce que podría ser debido a las amenazas que estos realizan a las personas denunciantes, por lo cual las víctimas no dan mayor información.
Sin embargo, los datos confirman que los mayores agresores son hombres: cónyuges o ex cónyuges de las mujeres, seguido por otros familiares. Es importante mencionar que en estos datos se incluye la violencia familiar y la de pareja.
Violencia Intrafamiliar por Departamento
En San Salvador, San Miguel y Usulután se recibió la mayor cantidad de denuncias, 192, equivalente a 47.41%. Siempre es de analizar que por taza poblacional los departamentos con menos denuncias pueden ocupar los primeros lugares.[4]
La procuradora General de la República, Miriam Aldana, informó que durante el periodo de la cuarentena domiciliar se han recibido 489 denuncias por violencia intrafamiliar y cuota alimentaria.
La Procuradora General de la República, Miriam Aldana, informó que Del 14 de marzo al 18 de abril se han recibido 489 denuncias de todo tipo.
La procuradora Aldana manifestó que el año pasado, en el mismo periodo, se presentaron 1,300, lo que significa que hubo una baja. En ese sentido, la procuradora consideró que las víctimas de violencia podrían estar siendo coaccionadas por sus agresores y por eso ha bajado el número de denuncias.
Detalló que entre las causas por la cual las víctimas no pueden denunciar, es porque no pueden movilizarse debido a la cuarentena domiciliar, porque el encierro impide que los agresores salgan de casa.[5]
Luego de conocer los tipos de violencia intrafamiliar y sus características, tenemos la siguiente infografía:
Si has sido víctima de violencia intrafamiliar o crees que la estás sufriendo, no dudes en comunicarte con nosotros. Estamos para servirte y orientarte en lo que necesites.
[1] Cam.Fam.S.S., veinte de febrero de dos mil uno. Ref. 128-A-2000 [2] https://www.ansp.gob.sv/sabes-que-es-violencia-intrafamiliar/ [3] http://www.cnj.gob.sv/index.php/recursos/publicaciones-cnj/268-lineas-y-criterios-jurisprudenciales-en-violencia-intrafamiliar [4] http://observatoriodeviolencia.ormusa.org/violenciaintrafamiliar.php [5] https://verdaddigital.com/pgr-recibe-489-denuncias-por-violencia-intrafamiliar-en-cuarentena/
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